• QUIEN PUEDE SOLICITAR EL EXEQUATUR

    QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL EXEQUATUR
     
    1.- Toda persona en cuyo favor se dictó
     
    2.- Toda persona a quien la Sentencia o resolución cuyo reconocimiento se pretende ocasione un perjuicio o impida un beneficio.
     
    Pueden solicitarlos los nacionales de países extranjeros residentes legalmente en España o bien españoles que han obtenido una Sentencia dictada en el extranjero y quieren que tenga efectos en España

     

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    Comentarios

    agarban28/08/2010 15:33:55

    Hola,
    ¿Cuánto tiempo dura este trámite?


    RESPUESTA:


    Para poder informarle correctamente, es necesario saber si el proceso de reconocimiento de la resolucion judicial/sentencia, se presenta con el consentimiento de las partes implicadas en la resolucion judicial, en el caso de que se presente con el consentimiento (de mutuo acuerdo), el plazo aproximado es de 3 meses, en el supuesto que el proceso sea contenciosos puede alargarse entre 5 y 7 meses. El tiempo también varia segun el juzgado y la poblacion.

    Para formular otras consultas puede dirigirse a: consultas@antoniosegura.es, o puede visitar la web: www.segura-abogados.com


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